Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia, ténganse como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ROMAN ARMANDO MORENO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad NºV-662.304, natural del Estado Mérida, domiciliado en la Parroquia Chiguará Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida, quien falleció el día Veintisiete (27) de Junio del Año Dos Mil Diecisiete (2017), según Registro de Defunción Nº 77, correspondiente al Año 2017, expedida por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida, a los c.....