Vencido como se encuentra el lapso para que los ciudadanos MARIA ELENA NAVA DE SANCHEZ y LUIS ANTONIO SANCHEZ, venezolana la primera y colombiano el segundo, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 4.488.656 y E-80.857.828, partes en el presente solicitud y quienes están legalmente a derecho, no comparecieron personalmente a exponer lo que creyeran conveniente en relación con la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento; quien decide declara terminado el procedimiento y ordena el Archivo del Expediente, una vez quede firme la presente decisión.