Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Alberto Adríani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Y Olmedo de La Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, ordinal 1°, declara extinguida la instancia en el presente proceso, por falta de impulso procesal de las partes en la prosecución de la presente causa