En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se HOMOLOGA el desistimiento y por cuanto se observa en fecha 02 de octubre del año 2023 se aperturó cuaderno de medida y se decreto medida de embargo preventivo, se levanta la referida medida de Embargo Preventivo con oficio Nro. 23-6099 dirigido al Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda del Estado Táchira, visto el desistimiento hecho por la parte actora.
En vista del pronunciamiento anterior, se insta al alguacil de este Tribunal devolver la comisión de inti.....