EL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia 693/2015, Expediente Nº 12-1163, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 02 de junio de 2.015, en consecuencia, se declara disuelta la unión conyugal existente entre los ciudadanos CENAIRA MOLINA MARQUEZ y RAMON ALBEIRO CONTRERAS CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-27.399.822 y V-25.153.569 de este domicilio y civilmente hábiles, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio BEATRIZ ZAMBARNO MOLINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 1.....