DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTE y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a las Solicitantes hijas del causante, ya identificados; en consecuencia Declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, formulada por las
ciudadanas: BRISEY IRLANDA BALZA BALZA, SEIDI CLARET BALZA ROJAS, quienes actúan en su propio nombre y SOLEYL RAYMLING DEL VALLE BALZA ROJAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 13.649.482, V.- 22.656.867 y V.- 18.796.869, la última representada por la ci.....