DISPOSITIVA
En atención a las consideraciones que anteceden este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, incoada por la Ciudadana: MARIA AUXILIADORA DEZEO de BASTOS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V.- 683.819, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por la Abogada BELKIS ALBARRÁN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.021.509, inscrita en el Inpreabogado Nº 38.278 de igual domicilio y jurídicamente hábil.
SEGUNDO: Se ordena corregir los libros de Nacimiento del Registro Civil de la Parroquia Jají del Municipio .....