Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicas y Universales Herederas del causante JESÚS EMIRO OCHEA, quien en vida era títular de la cédula de identidad N° V- 2.451.220, a las ciudadanas ALICIA DAVILA DE OCHEA, venezolana, mayor de edad, títular de la cédula de identidad Nº V-8.011.304, por ser legítima esposa del causante y a las ciudadanas YUNHIS BETZABEL OCHEA DE LA CRUZ, venezolana, mayor de edad, casada, títular de la cédula de identidad Nº V-11.468.106, según Acta de Nacimiento Nº 199 hija legítima del causante y a la ciudadana YENNY DELFINA OCHEA DÁVILA, venezolana, mayor de edad, soltera, títular de la cédula de identidad Nº V-13.499.969, según Acta.....