Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos JOSÉ ALCIDES GÓMEZ y MARÍA DEL CARMEN BARRIOS DE GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 22.343.995 y V- 8.043.837, en su orden, domiciliados el primero en la Urbanización Don Luis, calle Nº 1, manzana Nº 2, casa Nº 11, Parroquia Ignacio Fernández Peña del Municipio Campo Elías del Estado Mérida y la segunda en la Urbanización Centenario, Edificio Nº1, Apartamento Nº 3, Parroquia Ignacio Fernández Peña del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuel.....