DISPOSITA:
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La CONFESION FICTA de la parte demandada, ciudadano OSCAR YOEL CARRIZO CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.764.890, establecida en el artículo 108 de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda en concordancia con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil
SEGUNDO: CON LUGAR la DEMANDA DE DESALOJO POR LA NECESIDAD DE OCUPAR EL INMUEBLE, que tiene la hija de la parte demandante ciudadana CATERINE ROSE MALDERA PEÑALOZA y sus dos menores hijos, nietos de la accionante, de conformidad al artículo 91 numeral 2° de la Ley Para la Regularización y .....