DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil vigente, la solicitud de Divorcio formulada y consecuencialmente Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Ciudadanos: JUAN CARLOS VILLARREAL TERAN Y YARELIS YOKSANA PERNIA CALDERON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 19.995.776 y V.- 21.183.651 respectivamente, el primero domiciliado en Urbanización el Pilar, bloque 12, edificio 3, apartamento 01-01, y la segunda con domicilio en el sector el Manzano bajo, Residencias Los Bucares, torre 6, piso 4, apartamento 4-C, ambos de la ciudad de Ejido Municipio Campo Elías .....