Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos ORLANDO IGNACIO NAVAS Y ELIZABETH DEL CARMEN LARA LARA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.029.712 y V- 5.067.050, en su orden, domiciliados el primero en la Hacienda San Rafael, Calle 08, Casa Nº 440, y la segunda en Sector Bella Vista, parte alta, Calle Lara, Casa Nº 01, ambos de la ciudad de Ejido, Estado Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados Ciudadanos, según Matrimonio celebrado por ante por ante el Registro Civil de.....