Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicas y Universales Herederos del causante FREDDY RAFAEL MUDARRA (+), quien en vida era títular de la cédula de identidad N° V-3.281.219, a las ciudadanas CRISTINA JOSEFA MICHELENA DE MUDARRA, casada, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.410.487, por ser legítima esposa del causante y a los ciudadanos PAVEL ERNESTO MUDARRA MICHELENA, YAMILA ISADORA MUDARRA MICHELENA y DANIELA LIBERTAD MUDARRA MICHELENA, por ser legítimos hijos del causante. Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.
SEGUNDO: Se ordena devolver las presen.....