D I SPOSITIVA
En atención de las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN, y, en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO, en la demanda de Reconocimiento de Documento Privado, incoada por la ciudadana TOMASA MOLINA MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.899.060, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, contra JOSÉ BENITO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.205.298, domiciliado Jurisdicción del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte actora, a los fines que ejerza.....