este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CONSUMADA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y SUSPENDIDA LA VIDA EN COMÚN entre los cónyuges JIM FRANK URREA GUILLEN y PAULA ANDREA ZAMORA BALANTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.447.722 y V-15.296.038, respectivamente, de este domicilio y civilmente hábiles. Así se decide. SEGUNDO: CONSUMADA LA SEPARACIÓN DE BIENES respecto de los mencionados ciudadanos y por ende los bienes adquiridos por algunos de los cónyuges a partir de la presente fecha, serán de la exclusiva propiedad del cónyuge que los adquiera. Así se decide. SOLICITANTES: JIM FRANK URREA GUILLEN y PAULA ANDREA ZAMORA BALANTA asistidos por la Abogada en ejercicio YRANGELA MARÍA CONTR.....