El Tribunal homologó el convenimiento suscrito por los ciudadanos JOSE CRISTINO RAMIREZ SANTIAGO y YUGLEY EVELIN VILLARREAL RIVERO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 18.802.857 y V- 16.534.094, él Obrero y domiciliado en el sector Las Vegas, vía la Escuela, casa s/n de la población de Chachopo, parroquia Andrés Eloy Blanco del Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida, ella ama de casa y domiciliada en el sector Chijos III, Torre 08, Apartamento 04 de esta población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida, ampliamente identificados en autos, a los efectos de llegar a un acuerdo en cuanto a la deuda que esta pendiente sobre los bonos de septiembre y diciembre correspondientes al año 2014, para la compra de uniformes y ropa de diciembre de la niña (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de doce (12) años de edad.-