En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos LUÍS JOSÉ SÁNCHEZ CORDIDO y JHOANNY JOSEFINA FLORES MATHEUS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 17.996.645 y V- 18.794.508, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidos por el Abogado en ejercicio MARIO GUSTAVO BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.404.782, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 128.010, de este domicilio y jurídicamente hábil. En consecuencia se declara disuelto el VÍNCULO MATRIMONIAL qu.....