El Tribunal ADMITE la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia, se acuerda emplazar al ciudadano OSWALDO ENRIQUE BARILLAS RONDÓN, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.712.621, domiciliado en la avenida Las Américas, Urbanización El Rosario, Edificio Residencias Armonía, piso 5, apartamento Nº 5-3, Parroquia El Llano, Municipio Libertador de la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, a los fines de que comparezca ante este Tribunal en el TERCER DÍA DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos su citación a exponer lo que a bien tenga con relación a lo solicitado por su cónyuge y con vista de lo cual se resolverá lo conducente, siempre y cuando conste en autos la notificación del FISCAL DE FAMILIA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, a quien se ordena notificar mediante boleta anexánd.....