ste TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: 1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION realizada entre los ciudadanos AMABLE MENDÈZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.703.193, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 7.317, actuando en su propio nombre y representación y la parte demandada, EMPRESA MERCANTIL MATERIALES LOS ANDES representada por el ciudadano GERADO D’ JESUS PEREZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.466.227, Director Administrativo de la Sociedad Mercantil MATERIALES LOS ANDES C.A. inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fecha 17 de Agosto de 1990, bajo el Nº 37 Tomo A-3, tercer Trimestre, posteriormente.....