En vista de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los ciudadanos EVA LINA RAMÍREZ DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 1.900.390, por haber sido la persona con la que estuvo unida en matrimonio por durante varios años de los cuales nacieron seis (06) hijos y así como de los ciudadanos ANA ELIZABETH, MIRIAM LOURDES, CARLOS HERNÁN, BETTY TIBISAY, MARIANA RAMÍREZ RAMÍREZ y en representación por línea descendiente del coheredero fallecido ENRIQUE ALBERTO RAMÍREZ RAMÍREZ( fallecido) su hijo JONATHAN ALBERTO RAMIREZ MENDEZ , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas d.....