De allí, que ante la presencia de los actos de autocomposición procesal, el juez debe examinarlos para verificar si cumplen los extremos legales, incluso calificar si realmente se está ante un acto de autocomposición procesal. Evidenciándose de autos, que la Transacción Judicial que corre inserta a los folios 17,18 y 19, con sus respectivos vueltos, del presente expediente, fue suscrita por el ciudadano MARCOS JOSE RIVERA GOLLIOTT, asistido por el Abogado JHONNY JAVIER MOLINA MORA, plenamente identificados, por una parte, y por la otra, el ciudadano PEDRO ALONSO BECERRA MENDEZ, asistido por el Abogado JONATHAN HERNANDO CORTEZ ZAPATA, (PARTE DEMANDADA), plenamente identificados, observando este Tribunal que ambas partes se encuentra asistidos de abogado; y por cuanto la Transacción suscrita por las partes versa sobre derechos disponibles, donde las partes actuaron con la libre manifestación de su voluntad y en consecuencia con plena capacidad para realizar dicho acto.....