PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que le asiste al Solicitante ya identificado; en consecuencia:
Primero: Declara con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por el Ciudadano DANIEL ALFREDO ZAMBRANO ARDILA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.097.777, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, asistido por la Abogada ASTRID COROMOTO ALTUVE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.074.373, inscrita en el Inpreaboga.....