D E C I S I O N
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA INADMISIBLE IN LIMINI LITIS LA PRESENTE DEMANDA DE COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA, presentada por por el ciudadano JESUS ALBERTO ALVAREZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.751.498, domiciliado en Mérida Estado Mérida, y civil hábil, actuando en nombre y representación de la Firma Mercantil COMERCIALIZADORA ALIMER C.A., registrada ante el Registro Mercantil Primero de Mérida, bajo el Nº 12, Tomo 50º de fecha 28 de mayo de 2021, con Registro de Información Fiscal Nº J-50125123-1, con domicilio fiscal en El Valle, sector El Arado B casa Humo Negro de la ciudad de Mérida, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, asistido p.....