DISPOSITIVA: Luego de las intervenciones de las partes y vistas las exposiciones hechas y observándose que no hubo un acuerdo entre las partes y de concordancia con el articulo 107 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, comienza el lapso para la contestación de la demanda y continua el presente juicio de conformidad al procedimiento establecido por la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. Es todo, se leyó y estando conformes firman siendo las (11:30 a.m). Y ASI SE DECIDE.
LA JUEZA TITULAR
ABG. IRIA BRACHO DE SUÁR
APODERADO JUDICIAL (DEMANDANTE):
ABG. MANUEL ISIDRO MOLINA ALARCÓN
DEMANDADO ABOGADA ASISTENTE (DEMANDADO):
JOSÉ LUIS CORZO FLOREZ ABG. ISABEL TERESA RANGEL ROJAS .....