DE LA DISPOSITIVA
En atención a las consideraciones que anteceden este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO, presentada por el Abogado CARLOS ALBERTO COLINA BRACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.805.185, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.631, domiciliado en la Ciudad de Mérida, estado Mérida, actuando en nombre y representación de el Ciudadano CARLOS ALBERTO NOCERA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.363.809, domiciliado en la Ciudad de Valencia, estado Carabobo, tal como consta en PODER ESPECIAL, otorgado en fecha 4 de Abril de 2014, ante la Notaría Pública Sexta de Valencia.....