DISPOSITIVA: Quien examina, por Notoriedad Judicial, observa que la presente solicitud fue también interpuesta por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, y por cuanto la misma se encuentra en trámite en dicha instancia jurisdiccional, es por lo que en aras de evitar pronunciamientos que pudieran resultar contrapuestos, declara INADMISIBLE la presente solicitud y se acuerda devolver original con sus resultas a la parte interesada, firme como sea declarada esta decisión. CUMPLASE.-
ABG. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO.
JUEZA
ABG. ZONIA C. GONZÁLEZ B.
SECRETARIA