DECISION
En consecuencia este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción judicial Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio por mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos VICENTE ELIA PAREDES Y MATILDE MARQUEZ APONCIO, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.103.593 y V.-8.078.782,Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, el primero y la segunda en Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas, y hábiles. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según matrimonio Civil celebrado por ante la Prefectura Civil del Municipio Mora, Distrito Tovar, hoy Parroquia Santa Cruz de Mora, Mérida, Municipio Antonio Pinto Salinas , , acta N° 14 al vuelto de.....