DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por los abogados ARMANDO DE LA ROTTA AGUILAR Y YULISSA ADRIANA MOLINA MORET, en su condición de defensores técnico privado del imputado RAFAEL ALBERTO PAZ ESPINOZA, contra la decisión proferida en fecha 10 de Noviembre de 2011, y debidamente fundamentada en fecha 17 de Noviembre de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del estado Mérida.
SEGUNDO: Se declara la Nulidad de la decisión aquí recurrida, y se ordena la celebración de una nueva Audiencia Preliminar, por ante un Juez o jueza distinta al que dictó la decisión recurrida, prescindiendo de los vicios aquí denunciados.
TERCERO: .....