DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE el Recurso de revisión interpuesta por la ciudadana Abogada Yasmina Pérez D´ Jesús, en su carácter de Defensora Pública Segunda de la Unidad de Defensa Pública del Estado Mérida, Extensión El Vigía, y como tal Defensora del penado EDUAR JOSÉ VERDI CARDOZO, contra la sentencia condenatoria por admisión de hechos, dictada en fecha 07 de Octubre de 2008, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, a tenor de lo establecido en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal (derogado).
Cópiese, publíquese y regístrese, notifíquese, remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES
DR. ERNE.....