DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE el Recurso de Revisión interpuesto por el abogado ROBERT E. MUNDARAIN MORALES, actuando en su condición de Defensor Público Séptimo, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Mérida, actuando en favor del penado FREDDY RAFAEL ORDOÑEZ RAMIREZ, contentivo del RECURSO DE REVISION DE SENTENCIA de la decisión proferida por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en fecha 04 de Abril de 2011, el cual lo condeno a cumplir la pena de Veinte (20) años de prisión por el delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en Modalidad de Transporte, previsto y sancionado en el primer aparte del articulo 149 encabezamient.....