Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INHIBICION planteada por el Dr. ERNESTO JOSE CASTILLO SOTO, Juez Titular de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con a lo establecido en el artículo 89 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia del artículo 90 eiusdem.
Cópiese, publíquese y compúlsese. Igualmente, se ACUERDA: Convocar a la Dra. ANA TERESA FERMIN Juez Temporal de esta Alzada, a los fines de que se aboquen al conocimiento del presente asunto. Cúmplase.
EL JUEZ DE LA CORTE DE APELACIONES,
DR. GENARINO BUITRIAGO ALVARADO
PONENTE
LA SECRETARIA,
ABG. MIREYA QUINTERO.
En la misma fecha se copió, publicó, compulsó y se convoco a la Juez Temporal de esta Corte de Apelaciones con Boleta .....