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Decisiones del dia 08/07/2008

Formato:  Ficha  Lista

Corte de Apelaciones Sala Uno
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : LP01-R-2008-000013 N° Sentencia : 445 Fecha: 08/07/2008
Procedimiento:
Apelación Contra Sentencia Definitiva
Partes:
LUÍS ÁNGEL FERRER
Resumen:
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, conforme a lo previsto en los artículos 452 ordinal 2°, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado GUSTAVO ARAQUE ROJAS, Fiscal Séptimo del Ministerio Público, contra la sentencia dictada por el Tribunal Mixto de Juicio Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 30-11-2007, que ABSOLVIÓ al acusado LUÍS ÁNGEL FERRER, de la imputación Fiscal por el delito de homicidio calificado en la ejecución de robo agravado, por considerar esta alzada que la decisión recurrida se encuentra ajustada a derecho.
Juez/Ponente:
David Alejandro Cestari
Organo:
Corte de Apelaciones Sala Uno
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N° Expediente : LP01-R-2007-000329 N° Sentencia : 452 Fecha: 08/07/2008
Procedimiento:
Apelación De Sentencia Interlocutoria
Partes:
GIOVANNI JOSÉ CONTRERAS MÁRQUEZ
Resumen:
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 190 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos: 1.- Decreta la nulidad del auto de apertura a juicio de fecha 30-11-2007 dictado por el Tribunal de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, así como la nulidad del acta de audiencia preliminar, y la nulidad de acusación fiscal interpuesta por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público en fecha 21-08-2007. 2.- Ordena se remitan inmediatamente las actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público a los efectos que sea celebrado el acto formal de imputación, lo cual deberá realizarse en un plazo de treinta (30) días, mas quince (15) de prórroga ¿de ser necesaria-. Vencido dicho lapso se deberá sustituir la medida privativa de libertad al imputado, a menos que La imposibil.....
Juez/Ponente:
David Alejandro Cestari
Organo:
Corte de Apelaciones Sala Uno
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