Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, conforme a lo previsto en los artículos 452 ordinal 2°, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ROBERTO MUNADARAÍN, Defensor Publico N° 7, contra la sentencia pronunciada por el Tribunal Mixto de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, mediante la cual CONDENÓ al acusado JESÚS LEONIDAS ALBORNOZ RAMÍREZ, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por el delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 375 del Código Penal (Reformado), en perjuicio de (se omite nombre).
2.- Decreta la nulidad del fallo recurrido por incurrir en el vicio de ilogicidad manifiesta en la motivación.
3.- Ordena la celebrac.....