PRIMERO: Anula la acusación penal presentada por la Fiscalía Décima Novena, del Ministerio Público del Estado Mérida, en fecha 30-05-2008.
SEGUNDO: Repone la causa al estado en el cual el Ministerio Público realice las diligencias solicitadas por el imputado en el acto de imputación de fecha 14-02-2008, y concluya la fase de investigación.
TERCERO: Ordenando que debe tomarse entrevista a los testigos que se están promoviendo en la acusación. Se ordena remitir las actuaciones, una vez firme la presente decisión a la Fiscalía 19 del Ministerio Público.- La presente decisión tiene fundamento legal en los artículos 26, y 49.1 Constitucional; y 190, 191del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal de Control nro. 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, a los cinco (05) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008).
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL
ABG. ALIDA MORELLA TORCATTI BERROTERÁN.
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