Con fundamento a lo anterior, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del estado Mérida en funciones de Control N° 2, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda la oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub Delegación Mérida, a los fines de que se entregue al ciudadano DERICK JOSÉ COLLAZO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.92.835, los objetos las evidencias identificadas en la planilla de registro de cadena de custodia N° 2006-1001, de fecha 19-08-06, expediente del CICPC N° H-318.334 (folio 04), y en la experticia de reconocimiento legal efectuada a esos objetos (folio 21) el 19 de agosto de 2006. Así se decide, cúmplase, ofíciese lo conducente y notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL N° 2
ABG. NELSON J. TORREALBA A.
LA SECRETARIA
En fecha ___________ se cumplió lo ordenado mediante boletas de notificación Nros. ___.....