Por tanto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida en funciones de Control N° 2, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: REVOCAR la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad que en su momento fue impuesta al ciudadano ANTHONY XAVIER MONTILLA. SEGUNDO: Decretar en contra del prenombrado imputado, la Privación Judicial Preventiva de Libertad, ordenando su reclusión en el Internado Judicial de San Juan de Lagunillas. TERCERO: Fijar por auto separado la nueva fecha de la audiencia preliminar. Así se decide, cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 2
ABG. NELSON J. TORREALBA A.
LA SECRETARIA