SPOSITIVA.
Por las razones de hecho y de derecho ya analizadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de Juicio N° 03, actuando como Unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 48, numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA EXTINGUIDA LA ACCION PENAL en la presente causa; acordándose por consiguiente, el SOBRESEIMIENTO en favor del ciudadano MIGUEL ALÍ MOLINA PEÑA, conforme el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda remitir las actuaciones al Archivo Judicial, una vez firme la presente decisión. Cúmplase, Publíquese, Regístrese, y agréguese la presente decisión en original a las actuaciones. Todo conforme el artículo 324 del Código Orgánico Procesal Penal. En Mérida, a los trece (13) días del mes de mayo de Dos Mil Siete.
EL JUEZ DE CO.....