DISPOSITIVA:
En virtud de las consideraciones precedentes, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, conforme a los artículos 44, numeral 1°, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 1, 4, 8, 9, 64, 250 y 256, numeral 8, del Código Orgánico Procesal Penal, concede al imputado JOSÉ ALEXIS PARRA, medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, consistente en la presentación de dos (2) fiadores que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 258 eiusdem, como son: reconocida buena conducta, capacidad económica suficiente, responsables y estar domiciliados en el territorio nacional. Así se decide. Se acuerda librar Boletas de Notificación a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL N° 2
NELSON JOSÉ TORREALBA ANGEL.
LA SECRETARIA
Se libraron noti.....