Dispositiva
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA APREHENSION EN FLAGRANCIA DEL IMPUTADO WILSON ALBERTO POP CORREDOR, plenamente identificado en las actuaciones y en el presente auto, por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ACUERDA LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO, por cuanto no existen otras diligencias que practicar. Remítanse las actuaciones al Tribunal Unipersonal de Juicio que corresponda por distribución, una vez firme este auto.
TERCERO: SE CALIFICA el delito como HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452.8 del Código Penal, en perjuicio de VICTOR JOSÉ TORRES.
CUARTO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al imputado, WILSON ALBERTO POP, ya identifi.....