Por consiguiente, lo más ajustado a derecho -en aras de garantizar principio de unidad del proceso- es acumular las tres causas, lo cual incluye que el coimputado JEAN CARLOS CONTRERAS PEREIRA, sea en lo adelante también procesado ante éste juzgado en relación al hecho en específico que se le atribuye; y con respecto a la causa seguida por el Tribunal de Control N° 4, se acuerda oficiar a dicha instancia judicial a objeto de que la remita a la mayor brevedad posible. Así se decide, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, cúmplase y ofíciese lo conducente.
EL JUEZ DE CONTROL N° 2
ABG. NELSON J. TORREALBA A.
LA SECRETARIA
En fecha ___________, se ofició bajo el N° _______________.-