Dispositiva
Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara la aprehensión del ciudadano ALIRIO DE JESUS FIGUERA PACHECO, en situación de flagrancia, por estar llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y AMENAZAS, previstos y castigados en los artículos 16 y 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.
SEGUNDO: Se decreta en contra del imputado, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad conforme los numerales 3 y 9 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en su presentación periódica cada treinta (30) días a partir del 19-01-07, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado M.....