Dispositiva
Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de calificación en situación de Flagrancia del Imputado JAIRO JOSÉ HERNÁNDEZ, por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que le fue incautado en su poder un arma blanca, que coincide con las características dada por la víctima, una cantidad de dinero y coinciden de igual forma las características dadas en las declaraciones, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 de la Ley de Reforma del Código Penal, de fecha 16 de marzo de 2005.
SEGUNDO: En relación de la Medida de Coerción considera quien aquí decide, que efectivamente existe una presunción de.....