Dispositiva
En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra de JESÚS ALBERTO SOSA GONZÁLEZ, por el delito de LEISIONES PERSONALES INTENCIONALES MENSOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en armonía con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. De igual manera se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico, por ser lícitas necesarias y pertinentes al mérito de la causa.
SEGUNDO: Se acuerda la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano JESÚS ALBERTO SOSA GONZÁLEZ, por un lapso de UN (01) AÑO contado a partir de la presente fecha, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 del Código Orgánico Pr.....