Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara con lugar la aprehensión en situación de flagrancia de los imputados de autos LUIS ENRIQUE ROJAS ROJAS Y JHONNY SALAZAR ROJAS, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 470 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público.
SEGUNDO: Se decreta en contra de los imputados Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad. En cuanto al ciudadano LUIS ENRIQUE ROJAS ROJAS, deberá presentar dos fiadores que reúnan los requisitos del artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal y en cuanto al ciudadano JHONNY SALAZAR ROJAS, deberá presenta.....