DISPOSITIVA
Por las razones antes señaladas, este Tribunal de Control Nro. 02 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se deja constancia que este tribunal ha cumplido con el deber constitucional de imponer formalmente al ciudadano JESUS RICHARD LACRUZ ALBARRAN, de la orden de captura que le dio origen a su detención conforme a los artículos 44 y 49 de la constitución.
SEGUNDO: En cuanto a la medida privativa de libertad solicitada por la fiscalía se declara Sin Lugar, y en su defecto -en aras de garantizar la finalidad del proceso-se le impone al ciudadano JESÚS RICHARD LACRUZ ALBARRAN, una medida cautelar sustitutiva de libertad, consistente en presentaciones cada treinta (30) días ante el Tribunal de Control N° 06, a partir del día miércoles 30-05-2007, a través de la oficina del alguacilazgo y la prohibición de salir .....