Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia, en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de poner a disposición del Fisco Nacional el vehículo descrito en el encabezamiento de la presente decisión. Se fundamenta este auto en los artículos 11 y 15 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se acuerda notificar a la Abg. Miriam Briceño en su carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público. Líbrese la Boleta correspondiente.
LA JUEZ DECONTROL N° 02
Abog. AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ
LA SECRETARIA
ABG. ASHNERIS OSORIO R.-
Se libró Boleta de Notificación N° _____________
LA SECRETARIA