Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Homologa el Acuerdo Reparatorio celebrado entre las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto el Acuerdo Reparatorio fue cumplido a cabalidad en el presente acto, se declara extinguida la acción penal, con respecto al delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DE ROBO, previsto y castigado en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotores, hecho que le fue imputado al ciudadano RONALD TEDDY SALAS; de conformidad con lo previsto en el artículo 48 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se declara el Sobreseimiento de la Causa a favor del mencionado ciudadano de confo.....