este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 311 del Código Orgánico Procesal Penal y 48 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, acuerda la entrega en calidad de depósito, del vehículo marca Chevrolet, tipo sedan, modelo 1983, color verde, uso transporte público, placas DM698T, clase automóvil, serial de motor 4CV109716, serial de carrocería 1W69ADV306381, al ciudadano Antonio Maria Gil Lobo, titular de la cédula de identidad N° 4.492.255, domiciliado en el Municipio Rángel del estado Mérida, quien se comprometerá ante el Tribunal a no venderlo y a presentarlo ante la autoridad competente cada vez que le sea requerido hasta la culminación de la investigación o proceso.
Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público s.....