PRIMERO: Acuerda hacer entrega, para su guarda y custodia del vehículo al ciudadano JESÚS ANALIO ZERPA REINOZA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 39.478.376, domiciliado en la calle principal El Palmo, casa N° 20, de Ejido, Mérida, del vehículo: PLACA: XAI680, SERIAL CARROCERÍA: AE829015382, SERIAL DE MOTOR: 4A0720452, MARCA: TOYOTA, MODELO: CORROLLA, AÑO: 1986, COLOR: NEGRO, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR; para lo cual deberá comparecer por ante este Tribunal a firmar acta compromiso, el mencionado ciudadano o su apoderado judicial, donde se apercibe al prenombrado ciudadano, JESÚS ANALIO ZERPA REINOZA a que dicho vehículo no podrá ser enajenado, arrendado o impuesto de gravamen alguno hasta tanto se agote la investigación, y que debe presentarlo a este Tribunal o a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público cada vez que así le sea requerido. Una vez suscrita el acta compromiso se acuerda oficiar al Estacionamiento de Grúas Satéli.....