Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA la entrega del vehículo automotor, tipo Sedan, clase automóvil, marca Chevrolet, modelo 1981, color verde, placa BA319T, serial de carrocería 1769ABV319583, serial de motor T0713TCC, uso transporte público, al ciudadano Tomás Dávila Guillén, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese al ciudadano Tomás Dávila Guillén y a la Fiscal Tercera del Ministerio Público del estado Mérida. Certifíquese por secretaría copia de la presente decisión. Cúmplase.
La Juez de Control N° 03
Abog. Marianina del Valle Brazón Sosa
El Secretario
Abog. Heriberto Peña
En fecha_____________ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró boletas de notificación Nros: ___________________________________________
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